Los gastos derivados de demandas judiciales contra una
empresa, como los honorarios de abogados, graduados sociales o poderes notariales, desgravan en
nuestra Declaración de la Renta.
Los
gastos a desgravar en 2018 serían todos aquellos relacionados con el conflicto con
nuestra empresa, por ejemplo, la demanda judicial contra un despido. Dentro de
los gastos a desgravar en nuestra declaración de la Renta estarían la factura de nuestro abogado, graduado
social o del sindicato que nos ha llevado el proceso judicial, por ejemplo, de
una demanda por despido.
También
se pueden incluir como gastos
desgravables el gasto de notaría por
realizar un poder notarial. Para desgravar estos gastos debemos tener una
factura como justificante de los mismos, que habrá que guardar como un
comprobante más, en el caso de que algún día tuviéramos una inspección o
requerimiento de Hacienda.
Este
gasto desgravable tiene que ser incluido en la Declaración de la Renta por el
mismo interesado, ya que Hacienda no tiene esta información y no aparece en los borradores que nos
envía la Agencia Tributaria.
La
cantidad a desgravar se incluye concretamente en la casilla número 13 del apartado de “Rendimientos del Trabajo”. En
este mismo apartado también podemos incluir como gastos desgravables las cuotas
por afiliación a un sindicato.
El límite máximo que podemos desgravar por gastos de defensa jurídica contra nuestra
empresa es de 300 euros, tal como
establece la Ley del Impuesto.
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