DEJAR SIN EFECTO LA BAJA VOLUNTARIA


EL TRIBUNAL SUPREMO ESTABLECE QUE LOS TRABAJADORES PUEDEN RETRACTARSE DE SU BAJA VOLUNTARIA DURANTE EL PERIODO DE PREAVISO.
(Sentencia Tribunal Supremo, 17 de Julio de 2012, recurso 2224/2011).

La Sala entiende que un trabajador puede presentar un preaviso de baja voluntaria y posteriormente, dentro de los días de preaviso, comunicar a la empresa que deja sin efecto la baja voluntaria. Es irrelevante si existió o no error por parte del trabajador. La negativa de la empresa a aceptar la retractación se considera despido improcedente.

El TS entiende que implica despido improcedente la no aceptación por la empresa de la retractación de un trabajador de su baja voluntaria realizada durante el periodo de preaviso, antes de la extinción de la relación laboral. Anteriormente la Sala aceptaba la retractación solo si existía un error en la formación de la voluntad del trabajador. La Sala entiende que tras la Sentencia de 7 de diciembre de 2009 por la que se admitió la retractación del despido durante el periodo de preaviso por parte de la empresa, la misma solución habrá de darse en caso de dimisión del trabajador, siendo irrelevante el error o no en el dimisionario.

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